Las vacaciones en Perú, según su legislación, son de 30 días de corrido por cada año trabajado. Esto significa que los 30 días incluyen fines de semana, por lo que los días se encuentran de lunes a viernes.
En general, es que estos días se disfruten de manera ininterrumpida, pero se puede pactar para que los trabajadores se tomen sus días de vacaciones de forma fraccionada. En estos casos el colaborador deberá presentar una solicitud por escrito para que el empleador autorice las vacaciones, siempre teniendo como mínimo un descanso de 7 días de vacaciones.
¿Quienes tienen derecho a vacaciones en Perú?
Los trabajadores que cumplan al menos una jornada mínima de 4 horas diarias tienen derecho a vacaciones en Perú, mientras que aquellos que desempeñen sus funciones en una jornada diaria de menos de 4 horas están excluidos del beneficio.
Además, junto con tener una jornada mínima de 4 horas diarias, para acceder a las vacaciones en Perú los trabajadores deben tener los siguientes requisitos:
- Tener un año de trabajo con el mismo empleador.
- Tener un mínimo de días trabajados según su jornada:
- Jornada ordinaria de 6 días a la semana: Haber trabajado como mínimo 260 días.
- Jornada ordinaria de 5 días: Haber trabajo como mínimo 210 días.
¿Cómo se pagan las vacaciones en Perú?
Las vacaciones en Perú no generan un impacto en las remuneraciones de los trabajadores cuando están disfrutando este beneficio, se paga exactamente la misma cantidad que si el colaborador hubiese estado trabajando.
Además, la remuneración debe pagarse al colaborador antes de que comiencen sus respectivas vacaciones.
Venta de vacaciones
Las vacaciones en Perú tienen la posibilidad de “venderse”, esto significa que los trabajadores pueden elegir reducir sus vacaciones de 30 días a 15, recibiendo una compensación económica por los días trabajados.
El cálculo de la venta de vacaciones en Perú es el siguiente:
Remuneración por los 30 días de vacaciones + remuneración de los 15 días vendidos = pago equivalente a la remuneración de 45 días.
Para que la venta de vacaciones suceda, debe existir un acuerdo por escrito entre empleado y empleador donde se deja constancia de la decisión de reducir los días de vacaciones.
Triple Vacacional
Cuando los colaboradores no pueden tomarse las vacaciones en el período que les corresponde, su empleador debe indemnizarlos. Esto es lo que se conoce como Triple Vacacional, que está compuesto por:
- Remuneración por el trabajo realizado
- Remuneración por el descanso vacacional adquirido y no gozado
- Indemnización equivalente a una remuneración por no haber disfrutado del descanso.
Sin embargo, en la práctica se abonan solo dos remuneraciones ya que la remuneración por haber laborado en vacaciones se entiende que se pagó oportunamente.
La Triple Vacacional no le corresponde a gerentes ni representantes de la empresa que hayan decidido no hacer uso de su descanso vacacional.
Además, esta indemnización no está sujeta a pago o retención de ninguna aportación.
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